Informe del Comité de Bioética de España sobre el acceso universal al sistema sanitario

03/09/2024

El Informe del Comité de Bioética de España sobre el acceso universal al sistema sanitario
responde a una consulta de la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad
acerca de los aspectos éticos a tener en cuenta en relación con la cobertura sanitaria
universal y el acceso universal al sistema sanitario, y con el Proyecto de Ley de
universalidad del Sistema Nacional de Salud, actualmente en proceso de tramitación
parlamentaria.


El objetivo principal del informe es reflexionar sobre la dimensión ética del acceso
universal y equitativo al sistema sanitario. A partir de la consideración de la salud como
una necesidad universal y un valor o bien básico para el desarrollo de una vida digna y
satisfactoria, el Comité considera éticamente justificado reconocer a toda la población
el acceso a la asistencia sanitaria y social y concluye que la justicia es el fundamento
ético de la cobertura universal.


El informe confirma que la asistencia sanitaria y social es esencial para el cuidado de la
salud individual y colectiva y que el logro de esta finalidad exige eliminar las
desigualdades injustas o inequitativas, que obedecen a problemas sistémicos y
condicionantes sociales, políticos y económicos. La justicia en salud requiere libertades
básicas iguales y una configuración justa de las instituciones sociales; es decir, eliminar
la injusticia estructural, estrechamente ligada a los determinantes sociales de la salud.
Por tanto, el acceso universal a un sistema sanitario y social de calidad es esencial para
la justicia y la equidad en salud, pero resulta insuficiente si no va acompañado de
acciones complementarias que modifiquen la estructura social y la distribución
inequitativa de los recursos.


El Comité argumenta que la cobertura sanitaria universal y el acceso universal al sistema
sanitario y social no deben examinarse únicamente desde la dimensión distributiva de
la justicia, esto es, de la correcta asignación de beneficios y cargas, sino que también es
necesario analizar las condiciones institucionales para el ejercicio de las capacidades y
los derechos individuales, vinculadas a la justicia como reconocimiento. En
consecuencia, el informe toma en consideración estas dos perspectivas de la justicia y
afirma que el reconocimiento es previo a la distribución, pues evita la instrumentalización o cosificación de las personas, promueve el respeto de su dignidad y refuerza su inclusión, participación y representación.


Tras estudiar la protección de la salud como derecho a nivel nacional e internacional y
la evolución de la regulación jurídica del derecho a la asistencia sanitaria y el acceso al
Sistema Nacional de Salud en España, el Comité estima que un instrumento jurídico
estatal como el Proyecto de Ley de universalidad del Sistema Nacional de Salud es una
vía apropiada para lograr una cobertura sanitaria universal en condiciones de justicia,
seguridad y eficacia.


El Comité subraya que el objetivo del Proyecto de Ley, así como de cualquier
intervención ética, jurídica y política similar en materia de salud, debe apuntar a un
doble objetivo: eliminar las desigualdades inequitativas en salud y garantizar la
capacidad de salud. Con todo, precisa que la garantía del acceso universal, objeto del
Proyecto de Ley, debe ser concebida como una obligación básica o nuclear de carácter
categórico, pues protege valores básicos como la dignidad, la salud, la integridad o la
vida, de modo que su reconocimiento y eficacia deben extenderse a todas las personas.


Por tanto, la universalidad equitativa ha de ser interpretada tanto en sentido subjetivo
o personal (cualquier persona, sin discriminación por razones sociales, económicas,
demográficas, de nacionalidad, de residencia, de situación administrativa o cualesquiera
otras) como en sentido territorial (en todos los lugares del Estado), para asegurar así la
cobertura mínima y el acceso en igualdad de condiciones en todo el territorio nacional.
El informe concluye afirmando la responsabilidad ética y política de los poderes públicos
de eliminar las desigualdades en salud y garantizar la universalidad del acceso al sistema
sanitario y social y del cuidado de la salud, como expresión de su compromiso con el
Estado social y democrático de Derecho, los valores de la libertad, la igualdad y la justicia,
y la defensa de los derechos. Dicha responsabilidad –aquí de los poderes ejecutivo y
legislativo– no se agota con la presentación de un proyecto de ley ni, en su caso, con su
aprobación y ejecución; los poderes públicos tienen, asimismo, la obligación de
mantener y mejorar el sistema sanitario y social para hacer posible la protección integral
de la salud de toda la población y la realización continuada de los valores éticos y los
objetivos perseguidos.


Además, el informe recuerda que la responsabilidad ética no corresponde solo a los
poderes públicos, sino que concierne a toda la ciudadanía, que debe contribuir a la
eliminación de las desigualdades, a la garantía de la libertad, la igualdad y la justicia, y a
la defensa de los derechos. La ciudadanía, bien en su condición de persona usuaria, bien
en la de profesional, es responsable del mantenimiento y el buen uso del sistema
sanitario y social para facilitar la realización continuada de los valores éticos en juego.


3 de septiembre de 2024

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